La falta de donantes es la principal causa de el bajo número de trasplantes que se hacen en Chile


Para que una persona pueda recibir un órgano son varios los pasos que se deben cumplir. Debe ser un proceso más bien rápido y expedito, pues tanto el órgano como el receptor tienen un tiempo limitado para someterse a la intervención. En primer lugar, la ley obliga a denunciar o a comunicar a las instituciones adecuadas cualquier potencial donante. La información llega a la Corporación del Trasplante. Para entonces, el donante, si se trata de una persona fallecida, debe cumplir con todos los criterios de muerte encefálica ya mencionados. Si estos se verifican, un grupo de especialistas determina cuáles órganos pueden ser donados y se alerta a los equipos médicos que harán la extracción.

El siguiente paso resulta fundamental, por que de él depende la continuidad del procedimiento. Se trata de conseguir el permiso de la familia. Aún si la persona está registrada como donante es necesario tener el consentimiento de sus parientes para poder seguir adelante. «Esta entrevista debe ser hecha por personal idóneo que pueda explicar correctamente lo que se está haciendo. Sólo se hace una vez que la muerte encefálica está confirmada. Es aconsejable que este diálogo lo realicen personas distintas a los médicos tratantes y a los doctores que van a hacer el trasplante, para no generar suspicacias indebidas en la familia», explica el doctor Enrique Reynolds, nefrólogo de Clínica Alemana.

Si la respuesta de los parientes es positiva, se firma un acta que incluye la identificación del donante, de sus parientes y qué órganos y tejidos serán extraídos. Luego firma el director del hospital o clínica respectiva. En ocasiones, puede haber un paso intermedio de corte médico legal. Esto sucede cuando la muerte del individuo ocurre de manera violenta o en la vía pública. En ese caso, un doctor del Servicio Médico Legal autoriza la extracción de los órganos y tejidos, ya que ésta pasa a formar parte del protocolo de autopsia.

Sólo entonces se procede al procuramiento o extracción propiamente tal. El doctor Reynolds explica «que se trata de una cirugía hecha en un pabellón, con campo estéril al igual que cualquier otra operación. Incluso participa un anestesista con el fin de mantener las mejores condiciones hasta la extracción». Luego que los órganos y tejidos han sido extraídos, se preservan con soluciones especiales refrigeradas. El período máximo que un órgano puede estar sin ser transplantado varía entre las 32 y 36 horas. Algunos como el corazón y el pulmón sólo alcanzan seis, por lo que rápidamente son trasladados a los centros asistenciales correspondientes, donde un equipo médico, que previamente responde en forma afirmativa al procedimiento, realizará el trasplante. Si por algún motivo el receptor no puede recibir el órgano, la persona beneficiada con el implante será la que lo sigue en la lista de espera.
La Familia es la Clave
La muerte de un ser querido es un tránsito muy duro, especialmente para la familia. Cuando la partida es inevitable, parece ser que sólo el recuerdo queda como testimonio de la vida. Sin embargo, mediante la donación de órganos, una persona puede no sólo perpetuarse en la existencia a través de un acto de solidaridad, sino que además posibilitar a otro ser humano completar su ciclo vital o mejorar la calidad de éste.

Aún así, según un informe de la Corporación del Trasplante, uno de los factores que más afectó la donación en Chile durante el último año fue la negativa de la familia a extraer los órganos. «Algunos acusan motivos religiosos, aunque prácticamente todas las religiones aceptan la donación como un gesto de entrega de un ser humano a otro. También hay personas que se aferran a la idea de que su pariente se va a recuperar de la muerte encefálica y no entienden la irreversibilidad del cuadro clínico. Otros simplemente dicen que quieren enterrarlo tal como llegó al mundo. También es cierto que existen varios mitos que rodean a este tema y que hay que derribar mediante más y mejor información», comenta el doctor Reynolds.

Para empezar, este tema está debidamente regulado en la legislación chilena, por lo que nadie puede vulnerar los derechos de los posibles donantes o receptores. Además, ninguna persona está obligada a donar sus órganos sin su consentimiento. Todos los costos de la operación corren por cuenta del receptor. Para un donante vivo, la operación, aparte de no significarle costo alguno, no le deja secuelas en su salud ni deformaciones estéticas visibles. Por último, cualquier persona puede revocar su decisión de donar en el momento que estime conveniente. Para eso basta que concurra a los organismos donde obtuvo su inscripción o sencillamente puede expresárselo a sus parientes, pues en Chile siempre es necesario el consentimiento de la familia, aún si la persona es portadora de un carnet de donante.

Por lo mismo, el tema familiar resulta relevante cuanto se trata de conseguir la autorización para donar los órganos. La Corporación del Trasplante señala que 33 de cada 100 intervenciones dejan de realizarse exclusivamente por la negativa familiar. Una cifra demasiado alta para pasar inadvertida. Por eso, el nefrólogo de Clínica Alemana destaca que «cuando una persona decide ser donante y se inscribe en los registros, es aconsejable que converse esta decisión con su familia. Los parientes informados en vida de que uno quiere donar sus órganos son los que menos obstáculos ponen cuando se les pide la autorización. En ese escenario, el 70% de las personas que se encuentran en la posición de decidir, respetan la voluntad de su pariente».

Todo indica que en el futuro cercano, la donación y el trasplante de órganos será un tema que irá adquiriendo cada vez más importancia en las sociedades modernas. En ese sentido, la Corporación del Trasplante ya plantea metas que son ambiciosas, pero necesarias: duplicar el número de donantes y el número de operaciones. Para ello, será imperioso que cada año, al menos 250 personas fallecidas, en estado de muerte encefálica, hayan expresado en vida su disposición a donar sus órganos y tejidos o en última instancia, que sus familiares tomen esta decisión cuando sean consultados. Además, se requerirán 600 intervenciones quirúrgicas anuales para implantarlos.

También se necesitarán nuevas y más potentes campañas publicitarias que informen y eduquen a la opinión pública sobre estos asuntos. Pero quizás más importante, sea la comunicación al interior de la familia, como núcleo de la sociedad. «Uno nunca piensa que va estar en la situación de requerir un trasplante o de ser donante. No es un una condición agradable o cómoda para nadie, por que ser donante puede resultar doloroso para la familia. Sin embargo, es bastante más fácil de aceptar cuando la persona ha fomentado un sano debate familiar, donde todos los miembros puedan opinar y discutir acerca de esta decisión. Entonces, se entiende mejor que la donación de órganos involucra un acto de entrega que permitirá a otros seguir viviendo o mejorar sus vidas», opina el doctor Reynolds.

Actualmente, en Chile el número de pacientes que esperan la posibilidad de recibir un órgano, que les permita seguir viviendo, continúa creciendo año a año. El trasplante de órganos sólo es posible con la existencia de un donante.

La Donación de Órganos y algunos aspectos legales
La ley que rige esta materia es la 19.451. Se encuentra vigente en Chile desde 1983 y fue modificada en 1996. Entre los principales contenidos que abarca, regula la extracción de órganos y tejidos para trasplante, y establece cómo puede manifestarse la voluntad de ser donante. Además define el concepto de muerte cerebral y establece sanciones a aquellas personas u organizaciones que infringen sus disposiciones, entre otras normas.

Esta legislación establece que los costos vinculados a la extracción son de cuenta del o los receptores de los injertos, por lo que el donante no paga. Asimismo, le prohíbe a éste o a terceros recibir pagos o promesas de pago por el acto de donar. La pena por quebrantar esta regla es de presidio menor en su grado mínimo, es decir de 65 a 541 días. El que lo haga por cuenta de terceros será sancionado con la misma pena aumentada en dos grados (desde tres años y un día hasta cinco).

Las mismas sanciones están contempladas para el que ofrezca, entregue dinero u otra compensación material o económica a cambio de un órgano o del consentimiento para su extracción, sea para sí mismo o para un tercero. Finalmente, señala que cualquier contrato en ese sentido es totalmente nulo.

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Categoría: Actualidad Médica.




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